Según el último informe del INE, publicado en julio de 2022, en el año 2021 el 78,8% de los divorcios en nuestro país fue de mutuo acuerdo y el 87,9% de las separaciones fueron de esta misma modalidad.

Desde luego, estos números son una muy buena noticia pues indica que en todos estos casos las partes consiguieron dejar a un lado sus diferencias «de adultos» y encontraron una solución a sus conflictos familiares, regulando las medidas relativas a sus hijos por la vía amistosa.

Por suerte, esta tendencia parece ir in crescendo y son cada vez más los progenitores que optan por esta vía. Desde Pedroche&Bouzakri Abogados no podemos sino felicitar a todos aquellos que así lo deciden y acompañaros en este proceso.

En el post de hoy, voy a intentar despejar las dudas más habituales sobre la tramitación del divorcio de mutuo acuerdo

 

 

1.- FASES DEL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Independientemente de si optáis por tramitar el divorcio o la separación o, incluso, si no estáis casado y lo que queréis regular son las medidas tras vuestra ruptura sentimental, hay unos pasos comunes:

1.- Elección de abogado: los procedimientos de mutuo acuerdo pueden tramitarse bien con un abogado para ambas partes, o bien con un letrado para cada parte. Esto dependerá únicamente de vuestra elección y lo que os haga sentir más cómodos. 

La ventaja de tramitarlo con un único abogado es que el proceso de negociación será más rápido y se abaratarán los costes. Sin embargo, en ocasiones, los puntos de partida son tan distantes o la relación está tan deteriorada que lo más recomendable es que cada parte tenga su propio letrado y sean estos últimos los que hablen entre ellos. 

2.-Fase de mediación y/o negociación: si ambos tenéis al mismo abogado, la función de este será el de mediar entre vosotros desde una postura neutral. Sin embargo, si cada parte tiene su abogado, la función de estos será la de negociar y defender la postura de su representado.

Ninguna de las dos formas de resolución de conflicto es mejor que otra, ya que dependerá del caso concreto. Ahora bien, es importante que ambos letrados sean especialistas en familia y tengan una postura conciliadora.

3.- Redacción y firma del Convenio Regulador: el convenio regulador es aquel documento donde se plasmarán todos aquellos acuerdos a los que hayáis llegado en relación a vuestros hijos. El contenido de mínimos es: patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas y estancias, contribución a los gastos de los hijos y mascotas en común y uso del domicilio familiar. El convenio también podrá incluir la liquidación de la sociedad de gananciales, si las partes así lo desean.

4.- Homologación judicial del Convenio Regulador de divorcio, tras la presentación de la demanda: ambos cónyuges deberéis acudir a ratificar el Convenio previamente aportado. El juzgado competente es el del último domicilio del matrimonio.

En este sentido, también se podrá homologar el convenio ante notario, siempre y cuando no existan hijos menores de edad o incapacitados judicialmente. Si pinchas este enlace, puedes obtener más información.

5.- Sentencia: este procedimiento finaliza con una sentencia donde se decreta el divorcio/separación y se aprueba el Convenio Regulador aportado por los cónyuges.

Para el caso de que el divorcio sea ante notario, se obtendrá la escritura de divorcio.

6.- Inscripción del divorcio/separación de oficio en el Registro Civil, es decir, el Juzgado o el notario comunicará directamente al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio, la ruptura del mismo, realizándose un asiento en el margen izquierdo sobre esta circunstancia.

 

2.- VENTAJAS DEL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

  • La ventaja principal y más importante es que el Convenio Regulador estará plenamente adaptado a vuestras circunstancias personales y familiares.
  • Además, se podrán recoger en él aspectos futuros (por ejemplo, la contribución a los gastos universitarios, o el régimen de visitas en caso de comunión), evitándoos de esta manera tener que modificar el convenio actual cuando dichos sucesos se vayan produciendo.
  • Tiene una duración mucho menor, oscilando entre los 2-3 meses para tener la sentencia de divorcio.
  • Tiene un menor coste emocional, pues ambas partes focalizáis vuestra atención en buscar una solución común mirando por vuestros hijos en común.
  • Tiene un menor coste económico.
  • Es posible incluir en el mismo Convenio la liquidación de la sociedad de bienes gananciales y proceder a la adjudicación de los bienes.

Si estás pensando en dar este paso, estaremos encantados de escucharte y asesorarte sobre los primeros pasos que debes seguir para lograr un acuerdo de divorcio satisfactorio.

 

Elena Pedroche - Abogado en Madrid

 

 

 

 

 

 

ELENA PEDROCHE GARCÍA

Abogada de Familia y Penal