Cuando un matrimonio decide poner fin a su relación sentimental, son muchas las dudas que se nos vienen a la cabeza (¿Cómo se tramita el divorcio?, ¿qué va a pasar con la custodia de nuestros hijos?, ¿puedo irme de casa?), puesto que es una situación nueva y que de seguro va a suponer un cambio radical en nuestra vida y en la de nuestros hijos.

Sin embargo, si durante este proceso, se cuenta con un abogado de familia que nos asesore en cada paso, el resultado siempre va a ser más sencillo. Por eso, en este post, vamos a intentar despejar las dudas más habituales sobre el proceso de separación y/o divorcio.

 

1.- ¿ES LO MISMO DIVORCIO QUE SEPARACIÓN LEGAL?

En primer lugar, es necesario que sepamos la diferencia entre separación legal y divorcio. Hace años, era necesario estar separado primero durante años, para luego poder optar por el divorcio. Sin embargo, ahora ya no es necesario ese paso previo.

Dicho esto, la separación legal conlleva la ruptura del vínculo matrimonial, el cese de la obligación de convivencia y la disolución del régimen económico matrimonial. El divorcio también tiene estas mismas consecuencias, si bien la principal diferencia entre ambas figuras, es que mientras que en la separación cabe la reconciliación legal, en el divorcio no, es decir, con el divorcio el vínculo matrimonial se rompe de manera definitiva.

En segundo lugar, es importante hablar de las dos vías existentes para la tramitación del divorcio: la vía amistosa y la vía contencioso.

 

2.- DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo es sencillo y consta de tres fases:

1.- Fase de mediación y/o negociación: ambas partes ponen sobre la mesa sus posturas y sus deseos, llegando a un acuerdo sobre las medidas a recoger. Es importante tener en cuenta que lo habitual es que ambas partes tengáis que ceder en algo, pues de lo contrario no sería una negociación sino una imposición.

2.- Redacción y firma del Convenio Regulador, donde se plasmarán todos aquellos acuerdos a los que hayáis llegado en relación a vuestros hijos.

3.- Homologación judicial del Convenio Regulador de divorcio, tras la presentación de la demanda: ambos cónyuges deberéis acudir a ratificar el Convenio previamente aportado. El juzgado competente es el del último domicilio del matrimonio.

4.- Sentencia: este procedimiento finaliza con una sentencia donde se decreta el divorcio/separación y se aprueba el Convenio Regulador aportado por los cónyuges.

5.- Inscripción del divorcio/separación de oficio en el Registro Civil, es decir, el Juzgado comunicará directamente al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio, la ruptura del mismo, realizándose un asiento en el margen izquierdo sobre esta circunstancia.

El procedimiento de divorcio amistoso se puede tramitar tanto con un único abogado para los dos cónyuges, asumiendo un papel de mediador; o cada parte con su abogado, asumiendo la defensa de los intereses de cada uno de los cónyuges y siendo las negociaciones directamente entre los profesionales.

Contar con un abogado especialista en divorcios te asegura que en el Convenio Regulador que firméis se van a recoger y detallar todas las medidas relativas a vuestros hijos en común, adaptándose a vuestro contexto familiar y evitando así futuras disputas e incluso procedimientos judiciales.

 

3.- PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO

Por su parte, el procedimiento de divorcio contencioso se estructura de la siguiente manera:

1.- Preparación de la estrategia: cuando nos encontramos ante un procedimiento contencioso es porque indudablemente hay ciertas medidas en las que se está en desacuerdo (guarda y custodia, pensión de alimentos, uso del domicilio familiar, etc.). Por ello, habrá que trazar una estrategia a seguir, así como ir recopilando la documentación que fundamente nuestra petición y que acompañará a la demanda.

2.- Presentación de la demanda: la demanda es el escrito donde se recogen las medidas que solicitamos y los motivos por los que consideramos que esas medidas son la mejor solución a nuestro contexto. La demanda será presentada ante el Juzgado del último domicilio familiar.

3.- Presentación de la contestación a la demanda: una vez que se notifica a la otra parte, esta dispone de un plazo de 20 días hábiles para contestar a la demanda.

4.- Celebración del juicio: dependiendo de la estrategia seguida, puede haber dos juicios, el de medidas provisionales y el de medidas definitivas; o directamente la vista de medidas definitivas.

5.- Sentencia: el Juez resolverá sobre las medidas relativas a vuestros hijos en la sentencia, la cual es recurrible en apelación.

6.- Inscripción del divorcio/separación de oficio en el Registro Civil, es decir, el Juzgado comunicará directamente al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio, la ruptura del mismo, realizándose un asiento en el margen izquierdo sobre esta circunstanci

 

 

 

 

 

 

ELENA PEDROCHE GARCÍA.

Abogada de Familia y Penal.